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Leyes Descargar AYA

Artículo 628 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Michoacán

Capítulo II

La ejecución sólo se suspenderá cuando el demandado presente certificado legalmente expedido en que conste que está declarado en estado de quiebra; pero la suspensión se entenderá respecto de los bienes secuestrados por el concurso; pudiendo continuarla (sic) diligencia en los otros bienes del deudor.

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  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial