Artículo 502 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Michoacán
Capítulo IX
Los gastos que hicieren los testigos, cuando tengan que salir del lugar de su residencia, y los perjuicios que sufran por el abandono de sus ocupaciones o negocios para ocurrir al juzgado a dar su declaración, serán satisfechos por la parte que los presenta, a quien se los reembolsará la contraria, si fuere ésta condenada en costas
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