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Leyes Descargar AYA

Artículo 414 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Michoacán

Capítulo V

Si las respuestas fueren evasivas, el Juez apercibirá igualmente al que declara, de tenerlo por confeso sobre los hechos propios que contengan las posiciones a que no se diere contestación categórica y terminante. Si a pesar de ese apercibimiento, sus respuestas siguieren siendo evasivas, se le tendrá por confeso.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial