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Leyes Descargar AYA

Artículo 1069 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Michoacán

Capítulo V

En los casos muy urgentes podrá el Juez, aun antes de que se cumpla el término que fija el artículo que precede, autorizar al albacea provisional para que demande y conteste a nombre de la sucesión

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial