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Leyes Descargar AYA

Artículo 1035 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Michoacán

Capítulo III

En la sentencia el Juez declarará herederos a los que hubieren justificado su parentesco con el autor de la sucesión y si ninguno lo hubiere justificado, declarará heredero al Fisco. En la misma sentencia resolverá quién es el albacea definitivo que será nombrado por el Juez de entre los herederos declarados, si ninguno hubiere obtenido mayoría de votos. Si el Fisco fuere el heredero, su representante será nombrado albacea.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial