Artículo 1020 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Michoacán
Capítulo I
Los autos de sobreseimiento que se dicten en los casos de los dos artículos anteriores, no admiten recurso alguno; y los que lo nieguen son apelables en ambos efectos.
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial