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Leyes Descargar AYA

Artículo 620 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco

Capítulo I

La tramitación de estos juicios se sujetará a las disposiciones especiales de este título y, en lo no previsto a las reglas generales y disposiciones para el juicio ordinario.

En los negocios cuyo interés no exceda del importe de treinta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, la tramitación se ajustará a las disposiciones relativas del Título décimo cuarto.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Biblioteca Virtual Congreso de Jalisco. Documento oficial