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Leyes Descargar AYA

Artículo 456 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco

Capítulo IV

La falta o deficiencia del informe con justificación, establece la presunción de ser ciertos los hechos respectivos, y hará incurrir al juez o secretario omiso en una multa de tres a treinta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente , que impondrá de plano la autoridad que conozca de la queja en la misma resolución que se dicte sobre ella; lo anterior sin perjuicio de la obligación que tiene el recurrente de demostrar los agravios en que funde sus impugnaciones.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Biblioteca Virtual Congreso de Jalisco. Documento oficial