Artículo 1110 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco
Título Decimoquinto — Del Juicio en Línea Capítulo I Disposiciones Generales
Índice de la leyLas promociones electrónicas se realizarán mediante el Sistema Informático, debiendo emplear para ello la firma electrónica avanzada.
Las promociones se consideran presentadas a la hora que aparezca en el acuse de recibo que se genere. Por medio de la justicia electrónica se podrán presentar promociones todos los días de la semana en cualquier horario. (este artículo fue adicionado por Decreto 28327/LXII/21 publicado en el Periódico Oficial El Estado transitorio de la reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación el quince de)
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Texto tomado de Biblioteca Virtual Congreso de Jalisco. Documento oficial