Artículo 718 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Hidalgo
Capítulo IV
Cuando la demanda se dirija contra un Juez conciliador, cualquiera que sea su cuantía, conocerá de ella el Juez de Primera Instancia a que aquel corresponda. Contra la sentencia que éste pronuncie procederá apelación en ambos efectos por ante el Tribunal Superior, si el juicio por su cuantía fuere apelable.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Hidalgo. Documento oficial