Artículo 714 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Hidalgo
Capítulo III
Si la queja no está apoyada en hecho cierto o no estuviere fundada en derecho, o hubiere recurso ordinario contra la resolución reclamada, será desechada por el Tribunal, imponiendo a la parte
quejosa y a su abogado solidariamente, una multa hasta de diez veces la Unidad de Medida y Actualización vigente;
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Hidalgo. Documento oficial