Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 710 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Guerrero

Capítulo VIII

- Requisitos del patrimonio familiar. Para que sean aplicables las disposiciones de este capítulo para la transmisión hereditaria del patrimonio familiar, es necesario que se pruebe que éste se ha constituido de acuerdo con lo previsto en la fracción XXVIII del apartado A, del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y cumplido con los requisitos establecidos en el Código Civil

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guerrero. Documento oficial