Artículo 604 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Guerrero
Capítulo II
- Requisitos de procedencia del Juicio Especial Hipotecario. Para que proceda el Juicio Especial Hipotecario, deberán reunirse los siguientes requisitos:
(REFORMADA, P.O. No. 2, DE FECHA MARTES 6 DE ENERO DE 1998) I. Que el Crédito conste en escritura pública debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad, del Comercio y Crédito Agrícola del Estado;
(REFORMADA, P.O. No. 2, DE FECHA MARTES 6 DE ENERO DE 1998)
II. Que sea de plazo cumplido o por que hubiere incurrido en incumplimiento del contrato alguna de las partes;
(REFORMADA [N. DE E. ADICIONADA], P.O. No. 2, DE FECHA MARTES 6 DE ENERO DE 1998) III. Que el escrito de demanda satisfaga los requisitos del artículo 232 de este Código, y sea presentada ante el Juez de la ubicación del bien inmueble dado en garantía; si fueren varios bienes y estuvieren en lugares distintos, quedará a elección del actor, o bien, ante el que se hubiere sometido expresamente en el contrato.
(REFORMADO, P.O. No. 2, DE FECHA MARTES 6 DE ENERO DE 1998
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guerrero. Documento oficial