Artículo 587 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Guerrero
Capítulo II
Efectos de la sentencia. El actor o el demandado que resulten vencidos en un juicio plenario sobre posesión, perderán la definitiva en beneficio de su contraparte y quedarán impedidos legalmente para hacer uso de interdictos sobre los bienes que fueron objeto del litigio.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guerrero. Documento oficial