Artículo 26 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Guerrero
Capítulo II
Reglas para la fijación de la competencia en arrendamientos y prestaciones periódicas. Para determinar la competencia por razón de la cuantía en los casos de arrendamiento y demás prestaciones periódicas, se computará el importe de las mismas
en un año. Cuando sólo se reclamen prestaciones vencidas, se tomarán éstas como base para determinar la cuantía.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guerrero. Documento oficial