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Leyes Descargar AYA

Artículo 103 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Guerrero

Capítulo V

- Responsabilidad en caso de condena en costas. Durante el juicio, cada parte será inmediatamente responsable de los gastos y costas que originen las diligencias que promueva. En caso de condenación en costas, la parte condenada indemnizará a la otra de todas las costas que hubiere anticipado o debiere pagar

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guerrero. Documento oficial