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Leyes Descargar AYA

Artículo 96 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Guanajuato

Capítulo I

- La ley reconoce como medios de prueba:

I.- La confesión;

II.- Los documentos públicos;

III.- Los documentos privados;

IV.- Los dictámenes periciales;

V.- El reconocimiento o inspección judicial;

(REFORMADA, P.O. 13 DE AGOSTO DE 2004) VI.- La testimonial;

(REFORMADA, P.O. 13 DE AGOSTO DE 2004) VII.- Las fotografías, las notas taquigráficas, la información generada o comunicada que conste en medios electrónicos, ópticos o en cualquier otra tecnología y, en general, todos aquellos elementos aportados por los descubrimientos de la ciencia; y

VIII.- (DEROGADA, P.O. 13 DE AGOSTO DE 2004

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  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guanajuato (S3 oficial). Documento oficial