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Leyes Descargar AYA

Artículo 767 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Guanajuato

Capítulo V

Para los actos procesales que se enlistan a continuación, se señalan los siguientes términos:

I.- Cinco días para contestar la demanda o reconvención cuando ésta proceda;

II.- La dilación probatoria tendrá una duración de diez días;

III.- Tres días para la celebración de la audiencia final del juicio, concluido el periodo probatorio; y

IV.- Cinco días para dictar sentencia y para interponer apelación.

(ADICIONADO, P.O. 13 DE AGOSTO DE 2004)

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 15 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guanajuato (S3 oficial). Documento oficial