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Leyes Descargar AYA

Artículo 704-Q Código de Procedimientos Civiles del Estado de Guanajuato

Capítulo UNICO

Si el superior revoca el fallo de primera instancia que declaró procedente la acción especial hipotecaria, se mandará cancelar la anotación de la demanda en el Registro Público de la Propiedad y en su caso, se devolverá el inmueble al demandado, ordenando al depositario que rinda cuentas.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 15 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guanajuato (S3 oficial). Documento oficial