Artículo 227 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Guanajuato
Capítulo UNICO
Las sentencias contendrán, además de los requisitos comunes a toda resolución judicial, una relación sucinta de las cuestiones planteadas y de las pruebas rendidas, así como las consideraciones jurídicas aplicables, tanto legales como doctrinarias, comprendiendo, en ellas, los motivos para hacer o no condenación en costas, y terminarán resolviendo, con toda precisión, los puntos sujetos a la consideración del tribunal, y fijando, en su caso, el plazo dentro del cual deben cumplirse.
(REFORMADO, P.O. 13 DE AGOSTO DE 2004)
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guanajuato (S3 oficial). Documento oficial