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Leyes Descargar AYA

Artículo 223-E Código de Procedimientos Civiles del Estado de Guanajuato

Capítulo IX

Cuando dos partes contrarias alegan, cada una en su favor, presunciones que mutuamente se destruyan, el tribunal resolverá lo conducente, valorando las pruebas que sustenten los hechos de los que se pretende deducir la presunción.

(ADICIONADO, P.O. 13 DE AGOSTO DE 2004

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  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 15 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guanajuato (S3 oficial). Documento oficial