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Leyes Descargar AYA

Artículo 4 Código de Procedimientos Civiles del Estado de México

Capítulo IX

83.- Los herederos pueden acudir al Juez para tramitar o continuar en forma especial el juicio sucesorio exhibiendo:

I. Copia certificada del acta de defunción del autor de la sucesión;

II. Testamento o documentos que justifiquen su derecho;

III. Informe del Archivo General de Notarías sobre inexistencia de testamento del autor de la herencia;

IV. Inventario;

V. Convenio de adjudicación.

Resolución en la tramitación especial.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de LEGISTEL Edomex. Documento oficial