Artículo 4 Código de Procedimientos Civiles del Estado de México
Capítulo I
29.- La primera sección es de sucesión y contendrá, en sus respectivos casos:
I. La denuncia acompañando el testamento, en su caso;
II. La citación de los herederos y a los que se consideren con derecho a la herencia;
III. El nombramiento y remoción de albacea e interventores;
IV. El reconocimiento de derechos hereditarios;
V. Los incidentes sobre nombramiento o remoción de tutores;
VI. Las resoluciones sobre la validez del testamento, la capacidad legal para heredar y la preferencia de derechos.
Sección segunda.
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Texto tomado de LEGISTEL Edomex. Documento oficial