Artículo 3 Código de Procedimientos Civiles del Estado de México
Capítulo I
2. - El escrito que inicie un procedimiento judicial no contencioso deberá contener, además de los requisitos específicos que se establezcan en este capítulo, los siguientes:
I. El Tribunal ante el que se promueve;
II. El nombre del promovente;
III. El nombre y domicilio de las personas que, en su caso, deban ser citadas;
IV. Los hechos en que el promovente funde su solicitud;
V. La providencia específica que solicite el promovente;
VI. Las pruebas que ofrece el promovente.
Intervención del Ministerio Público.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de LEGISTEL Edomex. Documento oficial