Artículo 2 Código de Procedimientos Civiles del Estado de México
Capítulo II
55.- El que intente demandar, denunciar o querellarse contra su cónyuge, puede solicitar su separación ante el Juez.
Requisitos para la solicitud de separación
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de LEGISTEL Edomex. Documento oficial