Artículo 2 Código de Procedimientos Civiles del Estado de México
Capítulo VII
349.- El escrito de demanda deberá contener:
I. El Juzgado ante el cual se promueve;
II. La naturaleza del procedimiento que insta;
III. Nombre y domicilio del que interpone la demanda en los supuestos de las fracciones II y III del artículo anterior;
IV. Nombre y domicilio del receptor de violencia;
V. Nombre y domicilio del generador de violencia;
VI. Vínculo o relación que exista entre el receptor y el generador de violencia;
VII. Narración sucinta de los hechos, expresando las circunstancias de lugar, tiempo y modo;
VIII. El ofrecimiento de las pruebas conducentes a acreditar su demanda; y
IX. Protesta y firma del que interpone la demanda o del receptor de la violencia.
SECCIÓN PRIMERA De la Conciliación (Derogado)
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- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de LEGISTEL Edomex. Documento oficial