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Leyes Descargar AYA

Artículo 2 Código de Procedimientos Civiles del Estado de México

Capítulo III

304. - Es competente para las cuestiones que surjan en el juicio arbitral en las que se requiera la intervención del Juez, el de Primera Instancia del lugar designado en el compromiso, en su defecto, el del lugar donde se tramite el juicio arbitral o el del lugar que hayan acordado las partes en el juicio arbitral.

Apelación del laudo.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de LEGISTEL Edomex. Documento oficial