Artículo 2 Código de Procedimientos Civiles del Estado de México
Capítulo I
259. - Las tercerías son coadyuvantes o excluyentes. Es coadyuvante la tercería que auxilia la pretensión de alguna de las partes. Es excluyente en la que se alega tener mejor derecho.
Substanciación de las tercerías coadyuvantes
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Texto tomado de LEGISTEL Edomex. Documento oficial