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Leyes Descargar AYA

Artículo 2 Código de Procedimientos Civiles del Estado de México

Capítulo II

102.- Si no los tuviere a su disposición, designará el archivo o lugar en que se encuentren los originales a efecto de que a costa del solicitante, el Juez ordene la expedición.

Documentos fundatorios del derecho.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de LEGISTEL Edomex. Documento oficial