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Leyes Descargar AYA

Artículo 904 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Durango

Capítulo III

Será necesaria licencia judicial para la venta de los bienes que pertenezcan exclusivamente a menores o incapacitados y correspondan a las clases siguientes: 1a.- Bienes raíces; 2º.- Derechos reales sobre muebles; 3a. - Alhajas y muebles preciosos; 4a. - Acciones de compañías industriales y mercantiles, cuyo valor exceda de cinco mil pesos

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 27 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Durango. Documento oficial