Artículo 708 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Durango
Capítulo II
Este mismo recurso se da contra las sentencias pronunciadas por los Jueces Municipales y será el Tribunal de apelación, el Juez de Primera Instancia que corresponda.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 27 de noviembre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Durango. Documento oficial