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Leyes Descargar AYA

Artículo 59 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Durango

Capítulo SEGUNDO

Las audiencias en los negocios serán públicas, exceptuándose las que se refieren a divorcio, nulidad de matrimonio, adopción y las demás en que, a juicio del tribunal, convenga que sean secretas. El acuerdo será reservado

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 27 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Durango. Documento oficial