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Leyes Descargar AYA

Artículo 96 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Colima

Capítulo III

También deberán acompañarse a toda demanda o contestación, el documento o documentos firmados en forma autógrafa o con la firma electrónica, en que la parte interesada funde su derecho.

Si no los tuviera a su disposición, designará el archivo físico o electrónico o lugar en que se encuentren los originales.

Se entenderá que el actor tiene a su disposición los documentos firmados en forma autógrafa o con la firma electrónica certificada y deberá acompañarlos precisamente a la demanda o contestación, siempre que existan los originales en un protocolo o archivo público físico o electrónico del que pueda pedir y obtener copias autorizadas de ellos.

(REFORMADO SUPL. 2 P.O. 41, 09 DE OCTUBRE DE 2010

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Colima. Documento oficial