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Leyes Descargar AYA

Artículo 899 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Colima

Capítulo I

Toda cuestión que surja en los negocios a que se refieren los capítulos siguientes y haya de resolverse en juicio contradictorio, se substanciará en la forma determinada para los incidentes, a no ser que la ley dispusiere otra cosa.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Colima. Documento oficial