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Leyes Descargar AYA

Artículo 615 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Colima

Título OCTAVO

El compromiso designará el negocio o negocios que se sujeten a juicio arbitral y el nombre de los árbitros. Si falta el primer elemento, el compromiso es nulo de pleno derecho sin necesidad de previa declaración judicial. Cuando no se hayan designado los árbitros se entienden que se reservan hacerlo con intervención judicial, como se previene en los medios preparatorio.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Colima. Documento oficial