Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 715 Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza

Capítulo CUARTO

Pretensión confesoria para preservar un derecho real o una servidumbre.

El titular de un derecho real sobre un inmueble o el poseedor del predio dominante que esté interesado en la subsistencia de una servidumbre, puede ocurrir en juicio ordinario, para que el juzgador declare la existencia de ese derecho real o de esa servidumbre y haga cesar la perturbación o violación de parte del demandado, le condene al pago de los frutos, daños y perjuicios y a que afiance el respeto del derecho real reclamado.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial