Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 442 Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza

Capítulo CUARTO

Confesión de varios absolventes.

Si fueren varios los que hayan de absolver posiciones al tenor de un mismo pliego, las declaraciones se recibirán en la misma audiencia, pero en forma separada, evitando que los absolventes se comuniquen entre sí, ni que conozcan sus respectivas contestaciones

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial