Artículo 900 Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal (Ciudad de México)
Capítulo I
- Toda cuestión que surja en los negocios a que ser efieren los capítulos siguientes, y haya de resolverse en juicio contradictorio, se substanciará en la forma determinada para los incidentes, a no ser que la ley dispusiere otra cosa
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