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Leyes Descargar AYA

Artículo 730 Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal (Ciudad de México)

Capítulo IV

Cuando la demanda se dirija contra un Juez de Paz, cualquiera que sea su cuantía, conocerá de ella el juez de primera instancia a que aquél corresponda. Contra la sentencia que éste pronuncie, procederá la apelación en ambos efectos para ante el Tribunal Superior, si el juicio por su cuantía fuere apelable.

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  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial