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Leyes Descargar AYA

Artículo 721 Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal (Ciudad de México)

Capítulo II

Cuando el padre que ejerza la patria potestad, el tutor o el menor, en su caso, ratifiquen lo actuado, se sobreseerá el recurso, sin que pueda oponerse la contraparte.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial