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Leyes Descargar AYA

Artículo 527 Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal (Ciudad de México)

Sección I

- De las resoluciones dictadas para la ejecución de una sentencia no se admitirá otro recurso que el de responsabilidad y si fuere sentencia interlocutoria, el de queja por ante el superior

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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial