Artículo 498 Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal (Ciudad de México)
Capítulo IV
La demanda donde se solicite el levantamiento de un a nueva acta de nacimiento por reasignación de concordancia sexo–genérica, previa anotación correspondiente al acta de nacimiento primigenia, deberá cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 95 y 255 del presente Código y presentarse ante el Juez de lo Familiar en turno.
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