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Leyes Descargar AYA

Artículo 338 Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal (Ciudad de México)

Sección III

- En el reconocimiento de documentos se observará lo dispuesto en los artículos 310, 317 y 322

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial