Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 328 Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal (Ciudad de México)

Sección III

- Los documentos públicos expedidos por autoridades federales o funcionarios de los Estados, harán fe en el Distrito Federal sin necesidad de legalización

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial