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Leyes Descargar AYA

Artículo 132 Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal (Ciudad de México)

Capítulo VI

En los autos se harán constar el día en que comienzan a correr los términos y aquel en que deben concluir.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial