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Leyes Descargar AYA

Artículo 400 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua

Capítulo I

El juicio sucesorio contendrá lo siguiente:

I. La denuncia del intestado o de la existencia del testamento;

II. Las citaciones a las personas herederas y la convocatoria a las que se crean con derecho a la herencia;

III. Lo relativo al nombramiento y remoción de albacea o interventores y al reconocimiento de derechos hereditarios;

IV. El pronunciamiento sobre la validez del testamento, la capacidad legal para heredar y la preferencia de derechos;

V. El inventario y avalúo que formule la o el albacea;

VI. Lo relativo a la administración, cuentas, glosa y calificación;

VII. El proyecto de distribución provisional de los frutos y productos de los bienes hereditarios;

VIII. El proyecto de partición de los bienes y los convenios respectivos;

IX. Lo relativo a la distribución y adjudicación de los bienes; y,

X. Los incidentes que se promuevan y las resoluciones que les recaigan

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Chihuahua. Documento oficial