Artículo 327 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua
Capítulo V
Para el examen de testigos, las preguntas y repreguntas serán formuladas verbal y directamente, tendrán relación directa con los puntos controvertidos y no serán contrarias al derecho o a la moral. Deberán estar concebidas en términos claros y precisos procurando que en una sola no se comprenda más de un hecho. El juez o jueza debe cuidar que se cumplan estas condiciones impidiendo preguntas que las contraríen.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Chihuahua. Documento oficial