Artículo 206 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua
Capítulo I
Las diligencias preparatorias previstas en las fracciones IV y V del artículo 196, así como en el artículo 197, se practicarán con citación de la parte contraria, a quien se correrá traslado de la solicitud por el término de tres días, aplicándose las reglas establecidas para la práctica de la prueba testimonial
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Chihuahua. Documento oficial