Artículo 151 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua
Capítulo VIII
Los exhortos dirigidos a los tribunales extranjeros o que éstos envíen a los del estado, se sujetarán en su forma y substanciación a las disposiciones relativas del Código Federal de Procedimientos Civiles y a los tratados y convenios internacionales en los que el Estado Mexicano sea parte.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Chihuahua. Documento oficial