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Leyes Descargar AYA

Artículo 109 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua

Capítulo IV

Las resoluciones judiciales pueden ser sentencias, interlocutorias o autos.

Sentencias son las que resuelven el punto principal del litigio o de la instancia.

Interlocutorias son aquellas que resuelven un incidente o excepción procesal.

Autos, todas las demás determinaciones de trámite.

Toda resolución escrita expresará la fecha en que se pronuncie y se autorizará por los funcionarios respectivos y por la persona que deba dar fe de ella, con firma entera.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Chihuahua. Documento oficial